La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad ha recibido varias denuncias relativas a la venta de aparatos amplificadores de sonido que se ofertan y publicitan bajo el término de "audífono", para paliar la pérdida auditiva.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, ha recibido varias denuncias relativas a la venta de aparatos amplificadores de sonido que se ofertan y publicitan bajo el término de 'audífono', para paliar la pérdida auditiva.
La AEMPS recuerda estos productos parecen iguales pero tienen diferentes indicaciones y están sujetos a diferentes controles legislativos. Por lo tanto, "el consumidor no debe confundir los audífonos con los productos de amplificación de sonido", afirma.
Aunque la tecnología y la apariencia de algunos aparatos amplificadores sean similares a las de un audífono, "sólo estos últimos están diseñados e indicados para compensar las deficiencias auditivas", advierte.
Es considerado producto sanitario y requiere una adaptación individualizada, llevada a cabo por un profesional sanitario, para optimizar su funcionamiento de acuerdo con las características audiológicas y anatómicas de cada paciente.
Por el contrario, un amplificador de sonido está destinado a ser utilizado por personas con audición normal que tienen el deseo o la necesidad de amplificar los sonidos en ciertas situaciones, y en ningún caso a compensar deficiencias auditivas.
Los amplificadores son considerados aparatos electrónicos y tienen menor complejidad tecnológica y menores funcionalidades que los audífonos. Además que los amplificadores están diseñados para ser utilizados durante un tiempo breve, por lo que su uso prolongado puede provocar daños en el oído.
Los audífonos y los amplificadores de sonido, debido a su diferente finalidad de uso, se encuentran sometidos a diferentes normativas, por lo que los requisitos de seguridad, eficacia, calidad e información y los procedimientos de evaluación y control que se aplican a ambos productos son distintos.
RECOMENDACIONES A LA HORA DE ELEGIR
Por tanto, la AEMPS recuerda que se debe tener clara la finalidad de uso de cada producto, la cual viene determinada de si se trata de un producto sanitario o un aparato electrónico. "Esta finalidad debe estar indicada claramente en el etiquetado o material promocional", afirman.
"Los productos que se ofrecen al consumidor sin mencionar la necesidad de una evaluación audiológica previa y de una adaptación individualizada por un profesional sanitario, no deben presentarse como audífonos, sino como amplificadores de sonido, y no deben estar indicados para compensar deficiencias auditivas", añade.
Además, recuerda al consumidor que tiene que ser consciente de que cualquier señal de pérdida de audición necesita un diagnóstico médico. "El no realizar un adecuado diagnóstico puede impedir la detección de una serie de patologías potenciales de diferente grado de gravedad (desde un tapón de cera, hasta un tumor), con las oportunas consecuencias", afirma.
Por ello, la evaluación audiológica por un profesional sanitario especializado es esencial antes de elegir el audífono más adecuado para cada paciente. La falta de una correcta evaluación audiológica y adaptación del audífono a las características del paciente puede producir un trauma acústico en el oído.
Por tanto, en el caso de detectar dificultades para oír, la recomendación es acudir a un especialista en otorrinolaringología (ORL), para que le realicen un diagnóstico médico de su pérdida auditiva; y, en caso de necesidad, acudir a Gabinetes de Audioprótesis autorizados para la adquisición del audífono, en los cuales el audiólogo-audioprotesista, como profesional sanitario especializado, realizará la evaluación audiológica y la adaptación del producto, así como el seguimiento adecuado.
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Fuente: Sanidad advierte que publicidad engañosa en la venta de aparatos para compensar la pérdida auditiva Asociación Nacional de Audioprtesistas 30 abril 2015
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